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LEYES DE ARAGÓN
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LEY 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón
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7444

Miércoles 21 febrero 2007

BOE núm. 45

Artículo 22. Fomento del sistema arbitral de consumo.

Artículo 23. El sector público y el sistema arbitral de consumo.

Capítulo tercero. Derecho a la información

Artículo 24. Principio general.

Artículo 25. Extensión del derecho de información.

Artículo 26. Información en materia de precios.

Artículo 27. Fomento de la información.

Artículo 28. Oficinas de información al consumidor. Implantación obligatoria de oficinas municipales y comarcales.

Artículo 29. Funciones de las oficinas de información al consumidor.

Artículo 30. Datos a facilitar a las oficinas de información al consumidor.

Artículo 31. Campañas de información.

Artículo 32. Campañas específicas de información en materia de seguridad en el consumo. Memoria anual pública.

Artículo 33. Promoción y difusión de espacios informativos y divulgativos sobre consumo.

Artículo 34. La información al consumidor a través de las nuevas tecnologías.

Capítulo cuarto. Protección del consumidor en la sociedad de la información.

Artículo 35. El consumo en la sociedad de la información.

Artículo 36. Principio de equiparación en la protección.

Artículo 37. Empresarios y profesionales de la sociedad de la información.

Artículo 38. Aplicación del derecho público aragonés.

Artículo 39. Particularidades respecto de la información.

Artículo 40. Presunción de que los actos por los que se adquieren o conciertan bienes o servicios en la sociedad de la información son actos de adhesión.

Artículo 41. Reclamaciones por vía electrónica.

Artículo 42. Fomento del arbitraje de las empresas que operan en la sociedad de la información.

Artículo 43. Inmovilización o retirada de productos o servicios en redes electrónicas, telemáticas o informáticas.

Capítulo quinto. Derecho a la educación y a la formación.

Artículo 44. Principio general.

Artículo 45. Actuaciones y programas.

Artículo 46. La defensa del consumidor y el sistema educativo.

Artículo 47. Cooperación interadministrativa para la formación.

Capítulo sexto. Participación, representación y consulta.

Artículo 48. Asociaciones de consumidores y usuarios.

Artículo 49. Cooperativas de consumidores y usuarios.

Artículo 50. Derechos de las asociaciones de consumidores.

Artículo 51. Las Administraciones públicas y las asociaciones de consumidores.

Artículo 52. Beneficios atribuibles a las asociaciones de consumidores.

Artículo 53. Control público del funcionamiento y actividad de las asociaciones de consumidores.

Artículo 54. Obligaciones y deberes de las asociaciones de consumidores.

Artículo 55. Trámite de audiencia. Artículo 56. Consejo Aragonés de Consumidores y Usuarios.

Artículo 57. Consejo Aragonés de Consumo.

Título II. Competencias de las Administraciones públicas e inspección de consumo.

Capítulo primero. Competencias de las Administraciones públicas.

Artículo 58. Administraciones públicas. Artículo 59. Municipios y demás entidades locales. Artículo 60. Comarcas.

Artículo 61. Administración de la Comunidad Autónoma.

Capítulo segundo. Inspección de Consumo.

Artículo 62. Deber general de control e inspección.

Artículo 63. Servicios de Inspección de Consumo.

Artículo 64. Funciones de la Inspección de Consumo.

Artículo 65. Obligaciones ante la Inspección de Consumo.

Artículo 66. Carácter de autoridad y cooperación y coordinación interadministrativas.

Artículo 67. Realización de las actuaciones inspectoras.

Artículo 68. Visitas de inspección.

Artículo 69. Toma de muestras.

Artículo 70. Citaciones.

Artículo 71. Requerimientos.

Artículo 72. Documentación de la actuación inspectora.

Título III. De la potestad sancionadora.

Capítulo primero. Competencia y procedimiento.

Artículo 73. Potestad sancionadora.

Artículo 74. Órganos administrativos competentes.

Artículo 75. Actuaciones y medidas provisionales.

Capítulo segundo. Tipificación de las infracciones.

Artículo 76. Infracciones en materia de protección a la salud y seguridad de los consumidores.

Artículo 77. Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño.

Artículo 78. Infracciones por transacciones comerciales, condiciones técnicas de venta y en materia de precios y garantía.

Artículo 79. Infracciones en materia de normalización, documentación y condiciones de venta.

Artículo 80. Otras infracciones.

Capítulo tercero. Calificación de las infracciones.

Artículo 81. Clasificación de las infracciones.

Artículo 82. Infracciones leves.

Artículo 83. Infracciones graves.

Artículo 84. Infracciones muy graves.

Capítulo cuarto. Responsabilidad.

Artículo 85. Sujetos responsables.

Artículo 86. Responsabilidades en supuestos de extinción de personas jurídicas.

Artículo 87. Restitución de la situación alterada por la infracción.

Artículo 88. Restitución de cantidades indebidamente percibidas.

Artículo 89. Ejecución forzosa.

Capítulo quinto. Sanciones.

Artículo 90. Sanciones pecuniarias. Cuantías. Artículo 91. Amonestaciones.
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